domingo, 3 de febrero de 2013

El diario El Deber y sus periodistas que no saben Nada

Periodista del Deber Rainer Duran
EL DEBER Y SUS REDACTORES . ARANCIBIA S. Y R. DURÁN NECESITAN UN ABOGADO NO PARA QUE LOS DEFIENDA SINO PARA LOS ASESORE.

02 Feb.- El día sábado el periódico el Deber unos de los diarios más importantes de país titulo en su suplemento de deportes que la sede del club Blooming estaba embargada y hizo un análisis fuera de lugar e ignorando todo procedimiento legal. Como lo dijo también el abogado del Club Blooming el Señor Omar Dorado al programa de Bloming Noticias que se trasmite por la radio La Tremenda: “estos señores solo quieren hacer noticias a la costa de Blooming y emiten una información errónea ignorando todo procedimiento legal;

Los señores. Arancibia S. Y R. Durán redactores de El Debre informaron de la siguiente forma:

"Sobre mojado, llovido. Los esfuerzos de la dirigencia de Blooming por salir adelante de la crisis que atraviesa quedan cortos ante la realidad y ahora parecen naufragar con el dictamen del juez décimo de partido en material civil y comercial de la capital, Jaime Araúz, que dispuso el embargo de los bienes del club (sede) y el congelamiento de las cuentas bancarias por la deuda que tiene la academia cruceña con la Cooperativa San Luis.
Con el embargo, como medida preventiva, habrá que ver quién es designado depositario de dicho patrimonio, ya que si es el mismo club, el equipo y las divisiones menores pueden seguir utilizando las instalaciones de la sede, pero en caso de que sea una tercera persona, este será el responsable de lo que pase a los predios y tendrá la obligación de cuidarla, pudiendo prohibir el uso de las canchas y los vestuarios a los jugadores del equipo.
Un entendido en materia legal indicó que esta medida en contra de la sede puede ser cambiada por el embargo de otros bienes.
La fuente señaló que los juicios en material civil no duran más de un mes y que las partes solo tienen una instancia más para apelar el fallo emitido."




Primero comienzan con un error y de falta de información ya que la deuda ya no es con la cooperativa San Luis sino con la cooperativa Jesús Nazareno.

En este segundo párrafo dice textualmente que habrá ver quien es designado como depositario…

Hacerle conocer señores del deber con el respeto que se merecen que el artículo 159 del código de procedimiento civil dice textualmente: el deudor podrá continuar con el uso de la cosa mientra no se dispusiere el secuestro o la administración judicial de lo embargado.

En ningún lado se habla de depositario ya que en el artículo 160 dice textualmente: cuando los bienes embargados sean muebles se designará depositario…

En conclusión en los bienes inmuebles embargados no se declara depositario sino en los muebles;

Ya que la sede de Blooming es un inmueble su párrafo que hago referencia tiene un error de concepción jurídica ya que solo en un bien inmueble se puede declarar administración judicial o un interventor según el código de procedimiento civil

Bienes muebles-----Depositario

Bienes inmuebles----Interventor

Articulo 158 en delante de nuestro código de procedimiento civil

Y en la ultima parte dice que según unas de sus fuentes un proceso en materia civil no dura mas de un mes, jaajajajjaja disculpen que me ría pero no puedo hacer otra cosa más al ver y leer semejante barbaridad escrita en un diario que se hace llamar el mas leído del país. (Si un proceso civil durara solo un mes tuviéramos la justicia mas avanzada del mundo)

Como vemos este artículo del deber y de estos señor periodistas tiene una falta de coherencia y de análisis jurídico; por qué no antes de meter la pata como lo han hecho, se contratan un abogado, mirén que hay muchos en Santa Cruz para que los asesore y no vuelvan a cometer estos errores de principiantes que lo único que haces es mal informar a la gente.

Sabemos que por vender noticias algunos medios y periodistas son capaces de inventar cualquier cosa, por lo que aqui debe prevalecer y estar por encima de todo es la ética y responsabilidad periodística.